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En California, la mayoría de los adultos, las empresas o las entidades gubernamentales le pueden pedir ayuda a la corte para obligar a que un deudor les pague lo que debe. Los individuos y las empresas por cuenta propia pueden hacer un juicio en la corte de reclamos menores si el monto adeudado es $10,000 ó menos. Las empresas (que no sean por cuenta propia) y las entidades gubernamentales pueden hacer un juicio en la corte de reclamos menores si el monto de dinero adeudado es $5,000 ó menos.

La persona, empresa o entidad gubernamental que presenta los documentos para iniciar el caso se llama el "demandante" y seguirá llamándose así hasta que el juez tome una decisión en el caso. La persona, empresa o entidad gubernamental a quien se le está haciendo juicio se llama el "demandado", y seguirá llamándose así aunque le haga a su vez una demanda al demandante (contrademanda).

Puede resolver su caso de reclamos menores más fácilmente aprendiendo algo sobre estos casos en general, y después manejando el proceso de la corte paso por paso.

Esta parte del sitio web tiene información sobre casos de reclamos menores.

ANTES
La sección llamada "Antes de un caso de la corte" le brinda información para ayudarlo a decidir qué quiere hacer.

DURANTE
La sección llamada "Durante su caso de la corte" le brinda información sobre cómo navegar el proceso de la corte, si decide hacerlo.

DESPUÉS
La sección llamada "Después del caso de la corte" le brinda información sobre qué hacer a continuación, dependiendo de si gana o pierde el caso. También tiene información sobre cómo pagar, para el deudor del fallo, y cómo cobrar, para el acreedor del fallo.


Tome nota:

  • Algunas palabras tienen un significado especial cuando las usa la corte.  Si hace clic en una palabra que está en azul y tiene este símbolo (ejemplo falta de comparecencia Abre una nueva ventana), se abrirá una nueva ventana que le dará una explicación de su significado.
  • También tenemos algunos videos que lo pueden ayudar a comprender esta información.  Si ve este enlace (ejemplo "Muéstreme | Dígame"Abre una nueva ventana) puede hacer clic en el enlace para ver una página con archivos de video y audio que podrá ver y/o escuchar en su computadora. 
  • Finalmente, la mayoría de la gente tiene muchas preguntas sobre casos de reclamos menores. Por esta razón hemos creado una lista de preguntas frecuentes y una sección con los formularios que necesitará en su caso.


Para obtener la información que necesita puede hacer clic en el nombre de la sección en azul, usar el menú “desplegable” a la izquierda de cada página, o hacer clic en el botón “Siguiente” que aparece al pie de algunas de las páginas.

Para ver algunos videos breves con información general sobre cómo funciona el sistema de las cortes de California, haga clic aquí. Abre una nueva ventana

Para ver videos breves sobre conceptos básicos de la corte de reclamos menores de California, haga clic aquí. Abre una ventana nueva (en inglés)

Para obtener información sobre el programa del Asesor de Reclamos Menores en el condado de Contra Costa, California, haga clic aquí. Abre una nueva ventana (en inglés)


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