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Cómo dar por terminado un "Mandamiento de cumplimiento"


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Un mandamiento de cumplimiento dejará de tener vigencia automáticamente después de que hayan pasado 6 meses. Si le pagaron la deuda antes de ese plazo, tiene que dar por terminado el Mandamiento de cumplimiento.

Para dar por terminado el mandamiento de cumplimiento, escriba una carta al Departamento del Alguacil (u otra agencia a cargo de imponer derechos de retención, si fuera el caso en su condado) pidiendo que "libere" (o "levante") el mandamiento.

En su carta, incluya el: 

  • Número de caso;
  • Número de expediente de la agencia a cargo de imponer el derecho de retención, si no fuera el mismo que el número de caso;
  • Nombre del deudor (o los deudores), tal como aparece(n) en el mandamiento;
  • Nombre y dirección de la institución que está reteniendo la propiedad (en general un banco); y
  • Fecha en que se tiene que "liberar" el mandamiento.


<VOLVER A LA LISTA DE CÓMO COBRAR SU FALLO>


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