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Después del fallo: qué hacer si perdió el caso

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Después de la audiencia del juicio, el secretario de la corte le enviará por correo un Aviso de publicación de fallo (formulario SC-130), indicando que el caso de reclamos menores fue decidido, e identificando al ganador y al perdedor. El secretario de la corte también incluirá un formulario en blanco llamado Declaración de bienes del deudor del fallo (formulario SC-133). Abre una nueva ventana
 

  • La persona que ganó el caso se llama ahora el "acreedor del fallo".
  • La persona que perdió el caso se llama ahora el "deudor del fallo".


El acreedor del fallo tiene que esperar 30 días de la fecha en que la corte envió por correo el Aviso de publicación del fallo antes de tomar pasos para cobrar el fallo.

Lo que usted, el deudor del fallo, haga durante ese plazo depende de si usted se presentó o no a la audiencia.


Si asistió a la audiencia

Tiene 30 días a partir de la fecha en que la corte le envió por correo el Aviso de publicación del fallo para: 

  • Pagar la deuda (o cumplir con los requisitos del fallo condicional Abre una nueva ventana
  • Presentar una apelación Abre una nueva ventana del fallo (para saber cómo presentar una apelación, haga clic aquí); o 
  • Completar y enviarle por correo al acreedor una Declaración de bienes del deudor del fallo (formulario SC-133).

    • El formulario SC-133 contiene información sobre sus bienes, incluyendo su descripción, dónde se encuentran y quién los tiene.
    • No envíe una copia del formulario SC-133 a la corte. Envíeselo directamente al acreedor del fallo.


Si NO asistió a la audiencia

El fallo de la corte será un "fallo por falta de comparecencia". Abre una nueva ventana  En ese caso: 

  •  Si le hicieron la entrega legal de los documentos del caso correctamente – pero tuvo una razón justificada por no haber asistido a la audiencia – tiene 30 días a partir de la fecha en que la corte le envió por correo el Aviso de publicación del fallo para presentar una petición Abre una nueva ventana para dejar de lado Abre una nueva ventana (anular) el fallo. 
    Para saber cómo hacerlo, haga clic aquí. 
  • Si NO le hicieron la entrega legal correctamente, tiene 180 días a partir de la fecha en que se enteró, o se debería haber enterado, de que perdió el caso para presentar una petición para dejar de lado (anular) el fallo. Para saber cómo hacerlo, haga clic aquí.


Si presentó apropiadamente una apelación o una petición en el plazo de 30 días, el acreedor del fallo tiene que esperar hasta que la corte decida la apelación o la petición antes de tratar de cobrar el fallo.

Si el fallo por falta de comparecencia se debió a que usted recibió la entrega legal incorrectamente, debería presentar su petición lo antes posible dentro del plazo de 180 días permitido. Esto es porque el acreedor puede comenzar a cobrar apenas venza el plazo de espera de 30 días.

Si paga el dinero que adeuda de inmediato, tanto usted como el acreedor del fallo tienen que tomar ciertos pasos. Para saber lo que tiene que hacer, haga clic aquí.

Si NO PAGA el dinero de inmediato, le pueden embargar su sueldo, dinero y propiedades sin advertencia previa de la corte. Para saber lo que usted, el deudor del fallo, puede hacer en su favor, haga clic aquí.

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