Cómo proporcionar información sobre sus finanzas
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Si usted no paga voluntariamente el fallo en un plazo de 30 días de la fecha en que se envió por correo el Aviso de publicación del fallo (y si no apeló el caso ni presentó una petición para dejar de lado el fallo), está obligado a llenar una Declaración de bienes del deudor del fallo
(formulario SC-133) y enviársela al acreedor del fallo. (Vea el Código de Procedimiento Civil de California, sección 116.830)
Esta declaración le proporciona información al acreedor del fallo sobre su:
- Trabajo,
- Dinero en efectivo y depósitos bancarios,
- Propiedades (incluyendo bienes inmuebles),
- Bienes personales,
- Y otra información.
NOTA: Si no envía la información solicitada en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que la corte envíe por correo el Aviso de publicación de fallo, el acreedor del fallo le puede pedir a la corte que lo haga comparecer para realizar un examen del deudor.
Es importante que sepa que si recibe una orden de comparecencia para un examen del deudor, puede haber consecuencias muy serias si no asiste o si miente durante el examen.
- Si no asiste al examen del deudor, la corte tiene el poder de emitir una orden de arresto de banca y/o multarlo hasta $500.
- Si comparece y proporciona información falsa intencionalmente, estará en desacato de la corte, y tendrá que presentarse delante del juez, pagar una multa de hasta $500 y/o lo pueden arrestar y enviar a la cárcel.
Para obtener más información sobre los exámenes del deudor y cuáles son sus requisitos, haga clic aquí.
<VOLVER A LA LISTA DE CÓMO PAGAR SU FALLO>
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