¿Cómo puedo proteger mi sueldo de la cobranza de la deuda?
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Usted, el deudor del fallo, puede quizás proteger parte de su sueldo para que no se lo saquen para pagar la deuda. (Vea el Código de Procedimiento Civil de California, sección 704.070 a 704.170 y las secciones 706.050 y 706.051) 
Esta información se enumera en un formulario de la corte titulado Exenciones del cumplimiento de fallos (formulario EJ-155). 
NOTA: Los pagos de compensación del trabajador, desempleo, pensiones, seguro social, bienestar social y seguro están protegidos y no se pueden tomar para satisfacer un fallo.
Parte de su sueldo estará protegido automáticamente, pero a veces tiene que pedirle a la corte que decida si otras partes de su sueldo están exentos de la cobranza o no.
Si el acreedor del fallo ha presentado un Mandamiento de cumplimiento sobre su sueldo
En un plazo de 10 días de recibir la Orden de retención de ingresos (formulario WG-002):
Paso 1. Obtenga y llene 3 formularios:
- Reclamo de exención (Embargo de sueldo) (formulario WG-006)

- Declaración financiera (formulario WG-007/EJ-165)

- Aviso de presentación de reclamo de exención (formulario WG-008)

Haga por los menos 2 copias de los formularios.
Paso 2. Entregue el original y una copia del Reclamo de exención, la Declaración financiera y el Aviso de presentación de reclamo de exención al agente de retención (en general el alguacil). Guarde una copia de cada formulario para sus archivos.
Paso 3. El agente de retención hará la entrega legal al acreedor del fallo de una copia del Reclamo de exención, la Declaración financiera, y el Aviso de presentación de reclamo de exención, ya sea por correo o en persona.
La corte decidirá qué parte de sus activos y de su sueldo estarán protegidos de la cobranza, y le enviará su dictamen a usted y al acreedor del fallo por correo.
El acreedor del fallo tendrá un plazo para objetar a su Reclamo de exención:
- 10 días si la entrega legal del Reclamo se hizo en persona;
- 15 días si la entrega legal del Reclamo se hizo por correo.
Para objetar, el acreedor del fallo tiene que presentar tres formularios ante la corte:
- un Aviso de oposición al reclamo de exención (formulario
WG-009);
- un Aviso de audiencia sobre el reclamo de exención (formulario WG-010); y
- una Orden de determinación de reclamo de exención (formulario WG-011).
El acreedor del fallo tiene que hacerle la entrega legal de copias de estos formularios.
El acreedor del fallo también le tiene que entregar al agente de retención copias de estos formularios. El agente de retención luego presentará su Reclamo de exención (y la Declaración financiera) ante la corte para la audiencia.
La corte tiene que realizar una audiencia para considerar su Reclamo y la Oposición del acreedor del fallo en un plazo de 20 días de la fecha en que el acreedor del fallo presentó sus documentos de Oposición ante la corte.
Vaya a la audiencia preparado, llevando todos los documentos que necesite para probar que se debería proteger su sueldo de la cobranza. Por ejemplo, lleve sus recibos de sueldo, recibos de sus gastos para vivir y los gastos de su familia, etc. Tiene que probarle a la corte que los montos de la Declaración financiera que presentó ante el agente de retención son correctos.
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