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¿Qué puedo hacer si falté a la audiencia de la corte?

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Si usted, el demandante, faltó a la audiencia, la corte probablemente despedirá el caso sin prejuicioAbre una nueva ventana  Tendrá que comenzar el caso de nuevo.

Si usted, el demandado, faltó a la audiencia, la corte probablemente dictará un fallo por falta de comparecencia Abre una nueva ventana en su contra.  Esto quiere decir que perdió el caso.

Si tuvo una muy buena razón para faltar a la audiencia, le puede pedir a la corte que cancele (“deje de lado”) Abre una nueva ventana el fallo y programe otra audiencia. (Vea el Código de Procedimiento Civil de California, sección 116.730) Abre una nueva ventana

  • Si le hicieron a usted, el demandado, la entrega legal correctamente Abre una nueva ventana y faltó a la audiencia, tiene 30 días para presentar esta solicitud. (Los 30 días se cuentan a partir de la fecha en que el secretario le envió por correo el Aviso de publicación de fallo, formulario SC-130.)
  • Si le hicieron a usted, el demandado, la entrega legal incorrectamente (por ejemplo, si el demandante se equivocó al escribir el nombre del demandado) y usted faltó a la audiencia, tiene 180 días para presentar esta solicitud. (Los 180 días se cuentan a partir de la fecha en que se enteró - o debería haberse enterado - de que se publicó un fallo en su contra.)

Para saber cómo pedirle a la corte que cancele el fallo por falta de comparecencia y realice otra audiencia, haga clic aquí.


En la nueva audiencia, el juez decidirá si va a cancelar el fallo o no. 

  • Tendrá que presentar un comprobante de que tuvo una muy buena razón para no ir a la audiencia (por ejemplo, una carta de su médico o factura del hospital para probar que estuvo hospitalizado y no pudo ir a la audiencia).

SI el juez decide anular el fallo, puede realizar inmediatamente un nuevo juicio. Vaya preparado para defender su caso.

  • Lleve pruebas o testigos para su defensa.
  • Esté preparado para contar su lado de la historia.


SI el juez decide NO cancelar el fallo, tiene la opción de apelar su decisión.

  • Tiene 10 días para solicitar una apelación.


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